En el dinámico mercado inmobiliario del Caribe Mexicano, la firma de un Convenio Transaccional de Desocupación y Entrega se ha convertido en la herramienta predilecta para dar certeza jurídica a propietarios y ocupantes. Sin embargo, no todos los contratos son iguales. A continuación, detallamos los puntos críticos que debes revisar antes de estampar tu firma.
- El Objeto y el Uso Específico
Es fundamental que el documento declare explícitamente el uso que se le dará al inmueble. En el caso de viviendas, debe especificarse como “CASA-HABITACIÓN” para evitar que se realicen actividades comerciales o ilícitas que pongan en riesgo la propiedad. - Vigencia y Cláusulas de “No Prórroga”
A diferencia de un contrato de arrendamiento tradicional, el convenio transaccional suele ser muy estricto con los tiempos.
Plazo determinado: Debe indicar la fecha exacta de inicio y de término (por ejemplo, 12 meses).
Sin prórroga: Se debe pactar que, al vencimiento, la desocupación sea inmediata y directa, sin lugar a continuidad de la posesión.
- Blindaje contra Actividades Ilícitas
Dada la legislación actual sobre Extinción de Dominio, es vital incluir una cláusula de “Negocio Lícito”. En ella, el ocupante debe declarar bajo protesta de decir verdad que el inmueble no será utilizado para actividades como trata de personas, tráfico de drogas o lavado de dinero. - Penalidades por Incumplimiento
Para que el convenio tenga “dientes”, deben establecerse consecuencias claras:
Intereses moratorios: Pagos adicionales por cada día de retraso en la contraprestación mensual.
Pena por retención: Si el ocupante se niega a entregar el inmueble al finalizar el plazo, se suelen pactar multas diarias elevadas (como montos de $2,000.00 MXN o más) para incentivar la entrega.
- El Rol de la Certificación Notarial
Un convenio transaccional alcanza su máximo potencial cuando es ratificado ante un Notario Público. Esto eleva el documento a la categoría de “cosa juzgada”, lo que significa que, en caso de incumplimiento, el propietario puede acudir directamente a un juez para solicitar la ejecución inmediata (desalojo) sin necesidad de un juicio largo y costoso. - Control de Servicios y Mantenimiento
No olvides la parte operativa:
Pagos al corriente: El ocupante debe obligarse a entregar comprobantes de luz y agua mensualmente.
Depósito en garantía: Debe quedar clara la cantidad entregada y las condiciones para su devolución (normalmente 30 días después de la entrega del inmueble).
Cuotas de mantenimiento: Si el inmueble está en una privada o fraccionamiento, debe especificarse quién pagará al comité de vecinos.
Tip para el lector: Antes de firmar, verifica que la persona que firma como “Otorgante” tenga las facultades legales (poder notarial) para hacerlo, especialmente si actúa en representación de un tercero.
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