El jueves 15 de agosto se entregará a Claudia Sheinbaum Pardo la constancia de mayoría en la elección a la Presidencia de la República de México por la coalición Sigamos Haciendo Historia (Morena-PT-PVEM), esto luego de que el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declarara por unanimidad la validez de la elección presidencial de la jornada electoral celebrada el 2 de junio de 2024.
Así lo informó la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján en el marco de la Conferencia de Prensa del Presidente de México, mejor conocida como “La Mañanera”, donde explicó que las y los magistrados resolvieron en la sesión del 12 de agosto los juicios promovidos por la excandidata presidencial Xóchitl Gálvez y los juicios de inconformidad de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), que impugnaron la elección presidencial.
La Comisión Especial integrada por los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes resolvió que la demanda de Xóchitl Gálvez carece de interés jurídico en virtud de que la excandidata no solicitó de forma expresa la nulidad de la elección; su pretensión estuvo enfocada en obtener una resolución declarativa de responsabilidad.
De este modo, el Tribunal estimó que esta petición no correspondía a la naturaleza del recurso promovido.
Así mismo, los agravios expresados por los partidos políticos se calificaron como infundados al no autenticar sus pretensiones porque las pruebas ofrecidas fueron insuficientes para acreditar la nulidad de la elección.
Además, presentaron vínculos electrónicos de documentos privados, que consistieron principalmente en notas periodísticas, reportajes y videos.
Así mismo, el TEPJF consideró que las situaciones de violencia aislada en el ámbito municipal o local no incidieron en los resultados de la elección presidencial y calificó como infundado el alegato consistente en la supuesta intervención sistemática e indebida de diversos sindicatos a favor de la entonces candidata Claudia Sheinbaum considerando que se trató de un argumento genérico que no especificó circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Los magistrados también declararon inoperantes los agravios sobre la supuesta intervención indebida de personas servidoras públicas, en especial del presidente de la República, a través de las conferencias matutinas; en 34 de estas se registraron expresiones relacionadas con el proceso electoral, sin embargo, no es suficiente para acreditar una intervención sistemática y reiterada al referirse a acontecimientos aislados que, de acuerdo con la magnitud de la participación electoral, no afectaron en la elección.
Además, los integrantes del Tribunal Electoral establecieron que los quejosos no demostraron la existencia del uso indebido de programas sociales, hechos de coacción ni compra de votos porque el material probatorio estuvo basado en notas periodísticas y publicaciones de redes sociales, las cuales no fueron apoyadas por algún otro medio para generar convicción.
Alcalde también indicó que el máximo órgano en materia electoral declaró infundada la supuesta integración indebida de la Sala Superior y que al momento de calificar la elección se contaba con los seis magistrados conforme lo requiere la norma aplicable.
Añadió que la pretensión de nulidad de la votación recibida en casillas también fue inoperante porque los partidos opositores tampoco ofrecieron pruebas para su acreditación.
“Es una elección legal, legítima y todas las impugnaciones que se presentaron fueron desechadas por distintos motivos. (…) Para la nación, para México, para el país, es un ejemplo cómo se puede llevar a cabo una transición pacífica, democrática, con apego a la Constitución, a las leyes y con la resolución de órganos electorales nacionales”, expresó al respecto el presidente de México, López Obrador.
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