A más de tres meses de la agresión a Adisbel “N”, cubana avecindada en esta capital del Estado, víctima del atroz ataque a manos de un sujeto, quien fue identificado desde el principio, la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo, que preside Marco Antonio Toh Euán, emitió la Recomendación 03/2019 por la Violación al Derecho Humano a una Vida Libre de Violencia y al Acceso a la Justicia con Perspectiva de Género.
La recomendación, emitida cinco días después del Día Internacional de la Mujer, se desprende del expediente de queja VG/OPB/414/12/2018, iniciado de oficio por ese organismo protector, que presuntamente se enteró del hecho por un medio de comunicación local, se dirigió a la Secretaría de Seguridad Pública y al municipio de Othón P. Blanco ante las actuaciones indebidas de respectivas autoridades en la detención y presentación ante el Juzgado Calificador de Othón P. Blanco.
De acuerdo con la investigación, a pesar de las graves lesiones de la víctima y de que se efectuó la detención de un hombre en el lugar de los hechos por los agentes de la Policía Estatal Preventiva, éstos omitieron ponerlo a disposición del Fiscal del Ministerio Público, como probable responsable del delito, pues fue consignado ante el Juez Calificador Municipal de Othón P. Blanco por falta administrativas, por estar “ebrio y alterar el orden público”.
Derivado de esta omisión por parte de los agentes, el hombre detenido, actualmente prófugo, fue presentado ante el Juzgado Calificador Municipal y recibido por personal no facultado para eso. El Juez Calificador, a pesar de no estar presente en el Juzgado, insertó su nombre en el documento de referencia, lo selló y no llevó a cabo la sustanciación del procedimiento sumario, omisiones que tuvieron como consecuencia que no conociera, determinara y calificara la falta por la que el detenido fue puesto a disposición.
De igual forma, al no estar presente y una vez que se presentó, el Juez omitió verificar el Informe Policial Homologado y, por ello, confirmar si se trataba de una puesta a disposición por incurrir en faltas administrativas o de un hecho probablemente constitutivo de delito; por lo que, en su caso, tenía la obligación de suspender su intervención y ponerlo a disposición de la Fiscalía General del Estado.
Ante esta cadena de acciones y omisiones de las autoridades responsables, el detenido obtuvo su libertad el mismo día, previo pago de la multa, siendo importante señalar que, hasta la fecha de la firma de la recomendación, y a pesar de existir una orden de aprehensión en su contra, la persona imputada se encuentra sustraído de la acción de la justicia.
Cabe señalar que esta investigación se llevó a cabo en el contexto de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Quintana Roo, emitida el 7 de julio de 2017 por la Secretaría de Gobernación, mediante la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, por lo que es importante hacer los señalamientos necesarios para que las y los servidores públicos actúen conforme a la obligación constitucional de prevenir, investigar, sancionar y repara las violaciones a los derechos humanos y, aún más, observar y cumplir, en este caso, con el marco normativo nacional e internacional respecto al derecho a una vida libre de violencia de las mujeres, la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación.
La CDHEQROO se pronunció con esa resolución tardía a favor de las cero tolerancias a las acciones y/u omisiones de todas las autoridades, que favorezcan la perpetuación y aceptación social de la violencia contra la mujer, tanto en el ámbito público como privado, y en consecuencia el deber de actuar con la debida diligencia y a la luz de la perspectiva de género, y especialmente evitar incurrir en violencia institucional.
Ambas autoridades recibieron como recomendaciones la reparación integral a la víctima; realizar los trámites para su inscripción ante el Registro de Víctimas del Estado; iniciar y substanciar hasta su resolución definitiva mediante la autoridad competente, un procedimiento para determinar si hubo faltas administrativas de las autoridades responsables; diseñar e implementar un programa integral de capacitación y formación en derechos humanos e incluir que, en materia de actuación con perspectiva de género, se haga conforme instrumentos internacionales como la CEDAW y la Convención de Belem Do Pará.
En el caso de la Secretaría de Seguridad Pública igualmente se recomendó ofrecer una disculpa pública a la víctima y girar instrucciones al personal para que los agentes de la Policía Estatal Preventiva que atiendan casos en los que se denuncien violencia contra las mujeres, cumplan cabalmente con el Protocolo Nacional de Actuación del Primer Respondiente, regir su actuación con perspectivo de género y diseñar e implementar un Protocolo de Actuación Policial en Materia de Violencia de Género.
INFOQROO
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