El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), determinó que las postulaciones realizadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), no se ajustan a las reglas de paridad, y con fundamento en el artículo 277 de la Ley local.
Por lo tanto, estimó conducente otorgar el término de 48 horas, contadas a partir de la notificación de una notificación jurídica, para que ese instituto, en plena observancia de los principios de no discriminación y de igualdad establecidos en los artículos 1 y 4 de la Constitución federal, realice los ajustes necesarios en sus postulaciones.
Ello, a efecto de dar cumplimiento a la paridad horizontal, sin dejar de observar la totalidad de sus dimensiones, en términos de lo establecido en la normatividad constitucional y legal aplicable.
En un comunicado, el Ieqroo informó que el PRD postula en el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019) candidaturas en ocho distritos electorales, de las cuales, cinco corresponden a hombres y tres a mujeres, por lo que existe un incumplimiento al Criterio Octavo de paridad.
Dicho criterio refiere que con independencia de que los partidos políticos conformen una coalición en cualquiera de sus modalidades, deberán observar en lo individual el principio de paridad.
En ese sentido, el Ieqroo sostiene que, el predominio de hombres en la totalidad de las postulaciones del PRD, representa un obstáculo a las mujeres, para que en igualdad de circunstancias que el género opuesto, contiendan por un cargo de elección popular consistente en una curul en la XVI Legislatura del Estado de Quintana Roo.
INFOQROO
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