El pasado 15 de septiembre, un tribunal internacional resolvió desestimar una reclamación superior a los 120 millones de dólares presentada por Eutelsat S.A., empresa francesa con inversión en México, en contra de los Estados Unidos Mexicanos.
Mediante un comunicado, la Secretaría de Economía informó que el caso inversionista-Estado fue promovido por la empresa francesa Eutelsat, S.A. al amparo del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPRI) México-Francia y fue establecido conforme al Reglamento de Arbitraje (Mecanismo Complementario) del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).
De acuerdo al texto, el Tribunal arbitral confirmó que México no incumplió sus obligaciones emanadas en el APPRI México-Francia y rechazó la reclamación en contra de México, y condena a los inversionistas a pagar a México por gastos derivados de la defensa en el arbitraje encabezado por la Secretaría de Economía.
“Durante esta administración este es el tercer laudo favorable a México en arbitrajes Inversionista Estado y que condena a los inversionistas al pago de costas. El resultado de este arbitraje representa un gran logro para el Estado mexicano, cuya defensa fue coordinada por la Secretaría de Economía y se contó con el apoyo técnico de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes”, señala la dependencia.
En julio de 2017, Eutelsat S.A. (Demandante) presentó una solicitud para someter una reclamación a arbitraje conforme al APPRI México-Francia, luego de que en 2014 adquiriera el 100% del capital accionario de la empresa SATMEX convirtiéndose en titular de las concesiones que fueron otorgadas a SATMEX para ocupar posiciones orbitales geoestacionarias de México.
Eutelsat reclamaba presuntos actos arbitrarios de la SCT, dado que ésta se había negado a reducir la Capacidad Satelital Reservada al Estado (CSRE) contenida expresamente en sus títulos de concesión relativa a la capacidad satelital gratuita a favor del Estado mexicano.
Eutelsat alegó que México afectó sus expectativas legítimas de inversión, no le otorgó un trato justo y equitativo; y la trató de manera discriminatoria en comparación con el trato otorgado a otras empresas en el sector. El Tribunal arbitral desestimó estas reclamaciones. Además, condenó a Eutelsat al pago proporcional de costas y gastos del arbitraje.
La Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional, perteneciente a la Subsecretaría de Comercio Exterior, coordinó la defensa del Estado mexicano en este procedimiento arbitral, administrado por el CIADI, organismo del Banco Mundial.
El tribunal determinó que México no incumplió sus obligaciones emanadas del APPRI México-Francia y desestimó las reclamaciones sobre el fondo. Por ello, el Tribunal condenó a Eutelsat al pago de una parte proporcional de los honorarios y gastos legales de México, así como a cubrir parte de los costos del arbitraje.
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