Sanciona Instituto Electoral de Quintana Roo al senador José Luis Pech por promoción de imagen fuera de los tiempos electorales

En su sesión ordinaria de la semana pasada, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) declararon existente la infracción atribuida al partido político MORENA por inobservar obligaciones en materia de propaganda electoral; y contra José Luis Pech Várguez, en su calidad de Senador de la República, por promoción personalizada de su imagen, al difundir su tercer informe de actividades legislativas fuera de los plazos establecidos por la normatividad aplicable.

La sanción a Morena, registrada bajo el Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/016/2021 consistió en una amonestación pública, debido a que inobservó sus obligaciones en materia de propaganda electoral, luego que el día 3 de diciembre del 2021, el Ieqroo, a través de la Oficialía de Partes, recibiera el escrito de queja presentado por el ciudadano Julián Rafael Atocha Valdez Estrella, quien se ostentó como el Secretario Jurídico y Transparencia del Partido Revolucionario Institucional en el Estado, en donde alega la presunta violación a las normas sobre propaganda política o electoral de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo, atribuidas al ciudadano José Luis Pech Várguez, en su calidad de Senador de la República por el estado de Quintana Roo.

En su escrito, el quejoso solicitó “el retiro inmediato de la propaganda denunciada, ubicada en esquina Ave. Enrique Barocio con Avenida Isaac Medina de la colonia Guadalupe Victoria, de la ciudad de Chetumal, Quintana Roo”.

La sanción contra Morena fue criticada por la Consejera Electoral Elizabeth Arredondo Gorocica, quien votó en contra de la resolución en virtud que consideró la falta de exhaustividad y congruencia interna en la resolución, entre otras razones, porque consideró se asumieron como ciertos diversos supuestos como la ambigüedad entre las nomenclaturas entre candidato o precandidato, o en cuál etapa procesal se deriva la propaganda electoral.

Respecto a la sanción contra Pech Várguez, esta fue por difundir su tercer informe de actividades legislativas fuera de los plazos establecidos por la normatividad aplicable, no así por cuanto a los actos anticipados de precampaña y/o campaña; lo anterior en el procedimiento ordinario sancionador IEQROO/POS/017/2021.

El pasado 17 de diciembre de 2021, la Oficialía de Partes del Instituto recibió el escrito de queja mediante el cual se denunció al ciudadano José Luis Pech Várguez, en su carácter de Senador de la República por actos anticipados de precampaña y de los términos establecidos para la publicidad previa y posterior a la rendición de informes de gestión legislativa y como consecuencia lo relativo a la propaganda, desde las páginas de las redes sociales Facebook y Twitter.

Ante la comprobación de dicha conducta del denunciado, el Instituto procedió a registrarlo en el Catálogo de sujetos sancionados por infracciones a la normatividad local del Instituto, lo anterior en términos del artículo 159 del Reglamento; dicho registro se realizará en tanto la presente Resolución haya quedado firme o ejecutoriada y no admita recurso en contra.

Ahora bien, en términos de lo establecido en el artículo 163 del Reglamento, una vez efectuado el registro el denunciado deberá permanecer en el Catálogo antes referido, por un plazo de cuatro años.

Asimismo, se determinó dar vista a la Presidenta de la Mesa Directiva del Senado, solicitando que ésta a su vez comunique al Instituto las medidas que haya tomado en el caso, de la conducta atribuida al ciudadano José Luis Pech Várguez, en su calidad de Senador de la República.

Durante la misma sesión, declaró inexistentes conductas denunciadas en contra de los partidos Movimiento auténtico social (MAS) y Confianza por Quintana Roo por afiliación indebida.

El Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/038/2020 en contra de MAS, se inició el 6 de noviembre de 2020, cuando las ciudadanas Adela Barrón García, Mónica Marisela Martínez Romero y María Patricia Serrano Castillo, respectivamente, presentaron un escrito de queja contra MAS.

En su momento, la Dirección de Partidos Políticos del Instituto, hizo constar que se tiene por acreditado que las quejosas se afiliaron al instituto político denunciado, cuando se encontraba en el proceso de obtención de afiliados para constituirse como partido político local.

Con respecto de la queja registrada bajo el número IEQROO/POS/014/2021 declararon la inexistencia de las conductas denunciadas el pasado 24 de noviembre de 2021, interpuesta por la ciudadana María de Jesús Alvarado Quintal, en contra del partido político local Confianza por Quintana Roo, por la utilización de sus datos personales para su afiliación para lo cual, la Dirección Jurídica con fecha 14 de diciembre del año 2021, hizo del conocimiento de la cédula de afiliación de la quejosa, mediante oficio de notificación con número DJ/2638/2021, a efecto de que manifestará lo que a su derecho conviniera u objetara la autenticidad de la firma autógrafa, misma que no se obtuvo respuesta, por lo cual dicho documento público por su valor probatorio genera certeza respecto a la afiliación de la ciudadana antes referida.

Ante tal situación, no es posible para esta autoridad electoral, declarar fundada la imputación en contra al partido político denunciado, toda vez que como ya se señaló, la afiliación de la ciudadana María de Jesús Alvarado Quintal no fue indebida, sino que ésta, se realizó de manera libre y espontánea en favor del partido denunciado.