El Gobierno de Colombia expidió el Decreto 1836 de 2021, con el cual se actualizó la reglamentación del Registro Nacional de Turismo, RNT, y las obligaciones que tienen las plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos, establecidas en el artículo 38 de la Ley 2068 de 2020.
“Este Decreto es uno de los compromisos y acciones que hemos impulsado desde el Ministerio, por su importancia y contribución a la formalización del sector hotelero y turístico del país”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.
La Ministra agregó que las medidas de política pública, frente a la regulación de las plataformas digitales, convierten a Colombia en un país pionero en temas de formalización de la prestación de servicios turísticos.
Respecto de las plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos, la norma reglamenta las obligaciones de inscribirse en el RNT, exhibir el número de RNT del prestador, retirar el anuncio cuando el prestador no lo exhiba o cuando exista una orden administrativa o judicial en firme, así como la entrega de información solicitada por las autoridades colombianas. El Registro Nacional de Turismo es totalmente gratuito y la inscripción digital se puede realizar a través de las cámaras de comercio.
El Decreto actualiza la reglamentación del Registro Nacional de Turismo en relación con todos los trámites y simplifica varios de ellos, con el fin de facilitar la formalización de los prestadores de servicios turísticos.
Acorta de 15 a cinco días el término para que las cámaras de comercio efectúen el registro o devuelvan la solicitud; unifica las causales para el no registro de inscripción o renovación; y fusiona los trámites de reactivación y renovación para los casos en que una inscripción ha sido suspendida por el incumplimiento del deber de renovar.
Igualmente, impide incluir preguntas adicionales en los trámites de renovación, con el fin de evitar que esta gestión se vuelva excesivamente engorrosa para los prestadores.
El Decreto diferencia requisitos para inscripción de los comerciantes y de los no comerciantes, evitando exigir a estos últimos unas cargas desproporcionadas en la realización del trámite.
También actualiza la lista de prestadores de servicios turísticos, incluyendo como nuevas categorías a los parques de ecoturismo, parques de agroturismo, plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos y organizadores de bodas destino.
Las cámaras de comercio tienen seis meses para hacer los ajustes a sus formularios y sistemas de información, mientras que los operadores de plataformas electrónicas o digitales disponen de ocho meses para cumplir con las obligaciones previstas en la norma.
Recaudo parafiscal
El Decreto 1338 de 2021 reglamentó el pago de la contribución parafiscal para el turismo por parte de las plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos. Desarrolla lo señalado en la Ley 2068 de 2020, que determinó como una de las obligaciones de estas plataformas pagar la contribución parafiscal conforme a los procedimientos o mecanismos establecidos por el Gobierno nacional.
Esta disposición era necesaria porque en la medida en que el turismo crezca, las plataformas que ofrecen estos servicios también se ven beneficiadas e impactadas de forma positiva. De ahí la importancia de que estos actores fueran también aportantes, destacó por su parte el viceministro de Turismo, Ricardo Galindo Bueno.
El recaudo se efectuará a través del Fondo Nacional de Turismo, como sujeto activo de la obligación. Para este efecto, Fontur viene realizando los ajustes a los formularios y a sus sistemas de información, según confirmó el Viceministro.
“Esta contribución nos permite fortalecer la promoción, competitividad y la infraestructura turística”, dijo el presidente de esta entidad, Irvin Pérez, quien señaló que la expectativa de recaudo de parafiscales para este año es de 64 mil millones de pesos colombianos.
Se contará además con una cuenta internacional a nombre de Fontur, en la que el contribuyente consignará el valor en dólares, convertidos a pesos colombianos con la TRM del momento de la liquidación del tributo.
El valor de esta contribución corresponde al 2.5 por mil de los ingresos operacionales derivados de la comisión, remuneración o tarifa de uso que la plataforma de servicios turísticos perciba por su actividad.
Este decreto reglamentario permitirá mayores recursos para el turismo, contar con un turismo fortalecido y más sostenible, ser un destino más competitivo con impacto positivo en la economía nacional y equilibrar la balanza entre prestadores de servicios turísticos.
Buen balance del sector
Durante la rueda de prensa, tanto la ministra de Comercio, María Ximena Lombana, como los presidentes de Anato, Paula Cortés, y de Cotelco, José Andrés Duarte, destacaron los positivos resultados que registró el turismo al cierre de la temporada 2021.
De acuerdo con la ministra Lombana, “en materia de conectividad ya hemos logrado recuperar el 93,4 por ciento de sillas y el 90,6 por ciento de frecuencias aéreas que teníamos en febrero de 2020. La temporada de fin de año fue muy buena para todos los prestadores. Una cifra que quiero destacar es que en diciembre se movilizaron más de 764 mil pasajeros por vía aérea, un 188 por ciento más que en 2020”.
La Ministra destacó además los avances que se han logrado en materia de formalización, luego de que en los meses de noviembre y diciembre se registrara un aumento importante en el número de inscritos en el RNT en las categorías de “hospedaje turístico no permanente” y “viviendas turísticas”, del 117 por ciento y 25 por ciento.
Estas cifras están muy por encima del promedio histórico, que alcanzan el 3 por ciento y tienen que ver con la entrada en vigencia de la Ley 2068 de 2020, el anuncio de la nueva reglamentación y las capacitaciones que se realizaron para los afiliados a plataformas digitales en los meses de octubre y noviembre.
Estos avances permitieron que el RNT terminara el año con más de 54.000 afiliados activos, lo cual es la cifra más alta desde la creación de este registro.
La presidenta de Anato, Paula Cortés Calle, mencionó que “arrancamos 2022 con muchas expectativas y buenas noticias. El año 2021 cerró con mejores cifras de las que esperábamos. Alcanzamos crecimientos que se estimaban para 2022 o 2023. Es el caso de las ventas de las agencias de viajes, que reportaron un 60 por ciento de reactivación, jalonadas principalmente con las ventas nacionales. Además, con el Decreto 1836, podremos equiparar la cancha entre los prestadores de servicios turísticos del país. Esta medida permitirá que, con el aporte de parafiscales de las plataformas digitales, el Gobierno nacional obtenga recursos para invertirlos en infraestructura turística del país”.
A su vez, la directora ejecutiva de Cotelco, Ángela Patricia Lastra, señaló que “desde la asociación hotelera y turística de Colombia, Cotelco, celebramos la exigencia y obligatoriedad del RNT para prestadores de servicios de hospedaje. Es un punto que veníamos solicitando de tiempo atrás y consideramos que es un estímulo para la formalización, que a su vez generará mayor competitividad en el sector”.
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